La Secretaría de Comercio Interior, por Resolución 35/2011, derogó la Resolución Nº 14/11 que estableció las normas de comercialización de productos siderúrgicos.
La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, comenzó a regir a partir de hoy.
En los considerandos recuerda que con fecha 1 de febrero de 2011 la secretaría de Comercio Interior dictó la Resolución S.C.I. Nº 14, mediante la cual se establecieron normas de comercialización para los productos siderúrgicos elaborados por la industria básica del hierro y del acero consignados en el Clasificador Nacional de Actividades Económicas (CLaNAE) 2010 correspondiente a la Rama 24.100.
La norma en cuestión –agrega- fue dictada con el objetivo de lograr estabilidad en los precios componente éste fundamental para otorgar continuidad al proceso de crecimiento de la actividad económica, así como para preservar el equilibrio macroeconómico ya alcanzado.
Dice luego que en la actualidad se advierte que no se encuentran configuradas las condiciones de mercado vigentes a la fecha del dictado de la Resolución S.C.I. Nº 14/2011, razón por la cual, corresponde derogar la misma.
La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, comenzó a regir a partir de hoy.
En los considerandos recuerda que con fecha 1 de febrero de 2011 la secretaría de Comercio Interior dictó la Resolución S.C.I. Nº 14, mediante la cual se establecieron normas de comercialización para los productos siderúrgicos elaborados por la industria básica del hierro y del acero consignados en el Clasificador Nacional de Actividades Económicas (CLaNAE) 2010 correspondiente a la Rama 24.100.
La norma en cuestión –agrega- fue dictada con el objetivo de lograr estabilidad en los precios componente éste fundamental para otorgar continuidad al proceso de crecimiento de la actividad económica, así como para preservar el equilibrio macroeconómico ya alcanzado.
Dice luego que en la actualidad se advierte que no se encuentran configuradas las condiciones de mercado vigentes a la fecha del dictado de la Resolución S.C.I. Nº 14/2011, razón por la cual, corresponde derogar la misma.
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